XXVI.- La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del documento respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

a).- De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:

1.- La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

2.- Los nombres de los participantes o invitados;

3.- El nombre del ganador y las razones que lo justifican;

4.- El Área solicitante y la responsable de su ejecución;

5.- Las convocatorias e invitaciones emitidas;

6.- Los dictámenes y fallo de adjudicación;

7.- El contrato, la fecha, monto y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada y, en su caso, sus anexos;

8.- Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

9.- La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;

10.- Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;

11.- Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;

12.- Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;

13.- El convenio de terminación, y

14.- El finiquito.

b).- De las Adjudicaciones Directas:

1.- La propuesta enviada por el participante;

2.- Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

3.- La autorización del ejercicio de la opción;

4.- En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;

5.- El nombre de la persona física o moral adjudicada;

6.- La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;

7.- El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;

8.- Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

9.- Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;

10.- En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación.

11.- El convenio de terminación, y

12.- El finiquito.

Esta difusión deberá incluir el padrón de proveedores y contratistas así como los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.

 

 La información que compete enterar como sindicato es exclusivamente sobre los recursos públicos que el sindicato reciba por cualquier medio o bajo cualquier justificación. Normatividad aplicada: Art. 6 inciso A fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 3.1, 3.2 de la organización Internacional de trabajo Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección al Derecho de Sindicalización (Convenio 87).

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